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viernes, 6 de noviembre de 2009

Prohíben vender combustible a motociclistas sin casco


Los concejales de la Capital sancionaron hoy una Ordenanza por la cual se prohíbe la venta de combustible a los conductores de motos, motocicletas, ciclomotores, cuatriciclos y triciclos motorizados y a sus acompañantes, que al momento de realizar la carga no circulen con el casco reglamentario.

El proyecto fue presentado por el concejal Luis Agüero (Circuito 4), quien sostuvo que “con la norma se pretende concientizar a los conductores de este tipo de vehículos, ya que en su mayoría no toma los recaudos necesarios de protección personal al conducir”.

Los términos de la Ordenanza alcanzan a los titulares de las estaciones de servicio, quienes en caso de no acatar la medida, “se harán pasible a multas económicas y en caso de reincidencia les corresponderá clausura”. Puntualmente se establece que los titulares de las empresas, comercios o establecimientos que realicen la venta de combustibles en violación a lo dispuesto, deben ser sancionados con multas cuyo monto es de 50 UM a 500 UM” y “en caso de reincidencia, la multa se debe incrementar al 100% del monto máximo establecido anteriormente e inclusive se debe imponer en el supuesto de marcada reincidencia, la sanción de clausura”.

La autoridad de aplicación será la Administración de Tránsito dependiente de la Dirección de Policía Municipal; en tanto que los importes percibidos en concepto de multas por las transgresiones a la norma, “deben ingresar a una cuenta especial que constituirá un fondo, cuyas sumas deben ser destinadas a la realización y difusión de campañas de concientización del uso del casco de los ocupantes de motos y de prevención de accidentes de tránsito”, se especifica.

Por otra parte, se exige a los titulares de las empresas, comercios o establecimientos que vendan combustible, que exhiban en sus instalaciones un cartel suficientemente visible para los conductores, con el siguiente texto:

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