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domingo, 31 de mayo de 2015

Normativa para la extracción de leña

En esta época de invierno cuando las bajas temperaturas comienzan a acechar la venta de leña comienza a ser redituable en gran medida para ser utilizada en las estufas, salamandras o en los calefones a leña,
Desde la Dirección de Bosques Nativos a cargo de Enrique Fra el titular del área dio a conocer los lineamientos generales establecidos por ley  “nosotros siempre trabajamos en lo que son los acopiadores de leña, elaboradores de carbón y acopiadores, todo aquel que se dedica a la comercialización de leña y carbón tiene que inscribirse en la Dirección de Bosques Nativos, nosotros tenemos una oficina en Andalgalá en donde pueden hacer los trámites allí, desde la oficina de Andalgalá después nos remiten los tramites a la oficina central” una vez realizado el tramite se obtiene el cupón forestal que los habilita a tal fin
“Los que comercializan leña  o los que están autorizados son los propietarios de campo, tiene que iniciar un expediente en bosque para que se los autorice que en ese campo se pueda extraer leña seca, solamente leña seca autorizamos para comercializar” en el caso de los acopiadores o transportistas deberán contar inexorablemente con el cupón forestal  para vender leña o carbón, la Dirección de Fiscalización es la encargada de realizar los controles en el ámbito provincial  con el apoyo de la policía de la provincia y gendarmería.
La ley provincial 5.311 establece que en caso de no cumplir con los establecido se debe labrar la infracción, secuestrar la carga que está en infracción y se aplica una multa “nosotros autorizamos el uso de leña seca para el uso propio en muy pequeñas cantidades extraídas de los ríos o arroyos pero es para el uso propio sin posibilidades de comercialización” aclaró el funcionario provincial
Respecto a los elaboradores de carbón son principalmente  los puesteros del Bolsón de Pipanaco que poseen un cupón social el cual no tiene costo 

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