El Concejo Deliberante aprobó por mayoría la iniciativa del
concejal Leila Fuentes para que el departamento cuente con una ordenanza que
regule la forestación urbana
La norma regula la planificación, gestión, protección,
recuperación, promoción y fomento del arbolado publico “establece requisitos
técnicos y trámites para realizar la plantación, conservación, erradicación y
reimplantación de los mismos en la ciudad de Andalgalá” dijo Fuentes quien
agradeció el aporte del Prosecretario Marcelo Luna autor de la iniciativa que
finalmente fuera aprobada la semana pasada en la Sesión Ordinaria 30/ 2.015.
Se considera arbolado público a toda especie vegetal,
leñosa y/o arbustiva existente sobre la línea municipal de plantación como ser
parques, plazas, espacios verdes y todo lugar de dominio público municipal “el frentista es el custodio directo del o
los arboles que se dispongan frente a su domicilio, el ejercicio de sus
derechos y obligaciones queda sujeto a las condiciones de la ordenanza, el
frentista es el custodio lo que no significa que pueda cortar un árbol sin la
autorización municipal de igual modo plantar o reimplantar un árbol” la
autoridad de aplicación es la Secretaría de Obras Publicas ya que el arbolado público
se lo considera un servicio, en los anexos de la norma se fija las condiciones en
cuanto a la poda, cuando este en riesgo de caerse, su muerte prematura, estado
de decrepitud
Me parece excelente la iniciativa de la concejal. Pero a los que primero debieran controlar son los empleados de la Municipalidad que los mandan a podar (es un decir porque los destruyen) en epocas que no corresponden. Por favor que lo haga gente especializada. Gracias!!!
ResponderBorrar