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domingo, 14 de abril de 2013

Parte de Prensa


La sexta Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante de Pomán que se llevo a cabo el pasado jueves 11 de abril tuvo el siguiente orden del dia
Ordenanza Nº 006-13 (Autor Concejal E. López): Créase el “Consejo Jurisdiccional de Pomán de la Niñez, Adolescencia y Familia con el propósito de desarrollar y ejecutar políticas de promoción, recuperación y fortalecimiento de los lazos familiares, comunitarios y sociales, bajo el paradigma que concibe a niños y jóvenes como sujetos activos de derechos y la familia como fuente de valores.
Objetivos
a.- Elaborar y proponer políticas y planes de aplicación local para la protección de los derechos de la niñez y adolescencia y vigilar su cumplimiento y ejecución.
b.- Exigir a las autoridades correspondientes la aplicación de las medidas legales, administrativas y de otra índole, que sean necesarias para la protección de dichos derechos.
c.- Denunciar ante la autoridad competente las acciones u omisiones que atenten contra los derechos de la Niñez y Adolescencia de la Jurisdicción Municipal de Pomán, cuya protección le corresponde.
d.- Elaborar y proponer políticas de comunicación y difusión sobre los derechos, garantías, deberes y responsabilidades de la Niñez y Adolescencia.
e.- Conocer, analizar y evaluar los informes sobre la situación de los derechos de la Niñez y la Adolescencia en el ámbito local.
f.- Crear y desarrollar mecanismos de coordinación y colaboración con los organismos Provinciales y nacionales, públicos o privados, que se relacionen con los derechos de la Niñez la Adolescencia y la familia en su jurisdicción.
g.- Impulsar y coordinar la conformación de redes de trabajo, entre las organizaciones públicas y privadas del Sistema de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.
h.- Crear y mantener actualizado el sistema de información local sobre la Niñez, la Adolescencia y la familia.
i.- Llevar un registro de los y las adolescentes trabajadores de la Jurisdicción Municipal de Pomán.
j.- Propiciar el cumplimiento de la Ley Nacional 26.061 de Protección Integral de los derechos de niñas, Niños y Adolecentes, y la Ley Provincial 5.292 de adhesión.
k- Llevar adelante campañas de prevención contra el flagelo de adicciones tales como alcohol, drogas, violencia escolar, etc., principalmente en niños y adolecentes.
Art. 2º) para hacer viable el Sistema de Protección Integral, se deberá prever la creación de una Comisión Intersectorial, en la cual participarán: El Honorable Concejo Deliberante, las Áreas Municipales de: Acción Social, Inspección General, Dirección de Deportes, Dirección de Educación, y de Cultura y Turismo. ;, Delegaciones Municipales, Establecimientos Educativos, de Salud y Organismos Gubernamentales y privados que deseen integrar , quienes coordinados por la Secretaria de la Niñez, Adolescencia y Familia se reunirán quincenalmente con el objeto de optimizar las acciones destinadas a la niñez en el territorio Jurisdiccional y a toda problemática que requiera de rápido tratamiento y gestión.

Ordenanza Nº 007-13 (Autor Concejal E. López) Que, este Municipio debe dar una clara señal para combatir el proxenetismo y la trata de personas con fines de explotación sexual, proponiendo políticas y revisando la normativa para que ésta no facilite la figura del proxeneta, comercio y tráfico de mujeres, y a su vez no viole las normas constitucionales;
• Derogase el artículo 7°, Inciso 23, 24, 25, 26, 27 y 28 referente a la Habilitación en la jurisdicción Municipal de Pomán de Whiskerías y Cabaret, asimismo el Artículo 4° inciso 7, apartado h) e i) de la Ordenanza General Impositiva N°005/13 sobre las tasas de Habilitación sobre este rubro, a fin de garantizar la prevención sobre la trata de personas y colaborar con las Políticas Provinciales y Nacionales sobre la explotación de Mujeres.
Art. 2º) Incorporar campañas publicitarias por los medios radiales, escritos y televisivos de la Municipalidad de Pomán, tendientes a preservar la integridad física de la Mujer y Prevenir la trata de personas en la Jurisdicción Municipal de Pomán.
Art. 3º) Solicitar a las diferentes Áreas competentes de la Municipalidad de Pomán y organismos Gubernamentales de Salud y Seguridad, efectúen inspecciones y visitas sociales a los posibles focos de vulnerabilidad, realizando un adecuado monitoreo, registro, análisis y sistematización de datos respecto a la trata de personas en la Jurisdicción Municipal de Pomán, con la finalidad de difundir información y dar asesoramiento a los organismos encargados de la lucha contra la misma.

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