
El gobernador Eduardo Brizuela del Moral convocó, a través de decreto provincial Nº 05/2011, a comicios generales para la elección de Gobernador y Vicegobernador de la provincia, además de 20 diputados provinciales y seis suplentes para el 13 Marzo de 2011. También se elegirán 8 senadores provinciales y varios intendentes. Con esta fecha, Catamarca abre nuevamente el año electoral 2011, que en octubre elegirá Presidente de la Nación.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del decreto que lleva la firma del Gobernador y del ministro de Gobierno, Javier Silva, se convoca para la misma fecha al pueblo de los departamentos de Ambato, Andalgalá, Belén, Capital, Fray mamerto Esquiú, Pomán, Santa Rosa, y Valle Viejo, a fin de elegir un senador titular y un senador suplente por cada departamento. Además, establece que la elección para Gobernador y Vicegobernador y senadores titulares y suplentes se realizará en forma directa y a simple pluralidad de sufragios.
La elección de diputados provinciales titulares y suplentes se hará por el pueblo de la provincia por el sistema de representación proporcional que establece la Constitución provincial y la Ley Electoral vigente en la provincia.
Asimismo, los candidatos postulantes a los cargos anteriormente indicados, deberán reunir los requisitos y condiciones fijados en la Constitución de la provincia, legislación provincial vigente sobre la materia y no estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades legales previstas.
Invitase a las Municipalidades de la Ciudad de San Fernando del valle de Catamarca y del interior de la provincia a disponer de las pertinentes convocatorias a comicios generales para la elección de las Autoridades Municipales, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 252º Inc. 1 y 12 de la Constitución de la provincia, y Artículos 19º, 43 Inc. 3 y concordantes de la Ley Orgánica Municipal Nº 4640 vigentes en la provincia y artículo 28º de la Ley Nº 4628.
Las Cámaras legislativas deberán reunirse con anterioridad al 10 de diciembre de 2011 a los efectos de determinar la validez de los títulos de los diputados y senadores que resulten electos y constituir la Asamblea Legislativa que deberá recibir el juramento constitucional a quien resulte electo gobernador y vicegobernador de la provincia. La asunción de las autoridades electas se concretará el día 10 de diciembre de 2011. Similar procedimiento seguirá en lo pertinente, en lo que respecta a las autoridades municipales electas.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del decreto que lleva la firma del Gobernador y del ministro de Gobierno, Javier Silva, se convoca para la misma fecha al pueblo de los departamentos de Ambato, Andalgalá, Belén, Capital, Fray mamerto Esquiú, Pomán, Santa Rosa, y Valle Viejo, a fin de elegir un senador titular y un senador suplente por cada departamento. Además, establece que la elección para Gobernador y Vicegobernador y senadores titulares y suplentes se realizará en forma directa y a simple pluralidad de sufragios.
La elección de diputados provinciales titulares y suplentes se hará por el pueblo de la provincia por el sistema de representación proporcional que establece la Constitución provincial y la Ley Electoral vigente en la provincia.
Asimismo, los candidatos postulantes a los cargos anteriormente indicados, deberán reunir los requisitos y condiciones fijados en la Constitución de la provincia, legislación provincial vigente sobre la materia y no estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades legales previstas.
Invitase a las Municipalidades de la Ciudad de San Fernando del valle de Catamarca y del interior de la provincia a disponer de las pertinentes convocatorias a comicios generales para la elección de las Autoridades Municipales, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 252º Inc. 1 y 12 de la Constitución de la provincia, y Artículos 19º, 43 Inc. 3 y concordantes de la Ley Orgánica Municipal Nº 4640 vigentes en la provincia y artículo 28º de la Ley Nº 4628.
Las Cámaras legislativas deberán reunirse con anterioridad al 10 de diciembre de 2011 a los efectos de determinar la validez de los títulos de los diputados y senadores que resulten electos y constituir la Asamblea Legislativa que deberá recibir el juramento constitucional a quien resulte electo gobernador y vicegobernador de la provincia. La asunción de las autoridades electas se concretará el día 10 de diciembre de 2011. Similar procedimiento seguirá en lo pertinente, en lo que respecta a las autoridades municipales electas.
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